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jueves, 19 de abril de 2012

ACUERDO
PARITARIA PARTICULAR PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS
En la ciudad de Villaguay, siendo la hora 12 del día 18 de abril de 2012, se reúnen en la Ciudad en calle L. Alem 427 los representantes paritarios de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE ENTRE RIOS, Cr. Andrés Ernesto SABELLA, Lic. Hipólito B. FINK y Cr. Juan Manuel ARBELO, y los representantes de la Asociación del Personal de la Universidad Nacional de Entre Ríos, APUNER, Sr. Oscar Adrian MEYNIER y Victor PENAU, para tratar los siguientes puntos previstos en la convocatoria oportunamente remitida. -------------------------------------------------------------------------------------
1)    Beneficio social para indumentaria de trabajo.
2)    Régimen de licencias: Reglamentaciones.
3)    Capacitación No Docente. Proyecto en Tecnicatura en Gestión Universitaria.

Con respecto al punto 1 las partes acuerdan entregar la suma de $500 (pesos quinientos) a cada agente no docente en concepto de Beneficio Social para Indumentaria de Trabajo de invierno, a abonarse una vez aprobada la presente por el Consejo Superior de la Universidad. El beneficio se implementará mediante la entrega de un subsidio a cada agente con obligación de rendir cuentas. El agente que no efectúe la rendición en un plazo de 60 días deberá reintegrar el importe del subsidio no rendido, procediéndose, en su caso, a efectuar de oficio el cargo correspondiente en la liquidación de haberes. El pago se efectuará a cada agente de la Planta Permanente y Temporaria aprobada por reencasillamiento más los 44 agentes incorporados por Convenio suscripto con la Secretaría de Políticas Universitarias en el año 2011, que revisten al 31 de marzo del corriente año y que permanezca a la fecha de pago. Para el caso de agentes que reingresen de alguna licencia hasta el 31 de julio del corriente se le abonará el Beneficio, quienes desde la fecha de pago tendrán los 60 días antes descriptos para efectuar la rendición.
Con respecto al punto 2, los representantes de APUNER plantean que se contemple la incorporación a la reglamentación de una licencia por mudanza, de una licencia por examen para concurso de personal Administrativo y de Servicios en la UNER y reglamentación del art. 100 del CCT sobre uso de licencia sin goce de haberes. Con respecto a la Licencia por Mudanza las partes acuerdan lo siguiente: El agente que deba mudarse de vivienda tendrá derecho a licencia remunerada, por el término de un (1) día cada 2 años, siempre que no se oponga a razones de servicio. Asimismo deberá indefectiblemente antes de los 30 días corridos del uso de la licencia, acreditar fehacientemente esa circunstancia. Para los casos excepcionales de agentes que deban mudarse a más de 100 km. de su lugar de residencia se acuerda otorgar 2 (dos) días en los mismos términos de la licencia antes mencionada. Con respecto a la licencia por examen para concurso de Personal Administrativo y de Servicios de la Universidad Nacional de Entre Ríos, las partes acuerdan otorgar al agente que se presente a un concurso 3 días incluido el día de examen. Sobre el art. 100 del CCT se acuerda incorporar a la reglamentación que para el uso de licencia  sin goce de haberes la autoridad de la dependencia podrá (ante situaciones excepcionales que lo ameriten) fraccionar la misma hasta 2 períodos más.
Con respecto al punto 3, las partes acuerdan continuar con el análisis del tema.
Siendo las 14,15 horas, en el lugar y fecha arriba indicados, se da por finalizada la reunión firmando los presentes de conformidad 3 (tres) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.

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